Nueva Ley AntiFraude y la Ley «Crea y Crece»


Empezamos el año 2024 con cambios que afectan directamente a nuestros softwares de gestión y a la facturación de nuestras empresas.

IMPORTANTE: Por el momento, disponemos de la información de los borradores de los reglamentos, pendientes de aprobación, por lo que lo explicado en este artículo está sujeto a cambios por las aprobaciones finales de las mismas leyes, las cuales si se dan, actualizaremos..

La modificación legislativa plantea desafíos significativos para las empresas, requiriendo ajustes sustanciales en sus programas de gestión y facturación, pero en NODOSTEC estamos preparados para implementarlos y ayudar a que su empresa cumpla con todos ellos. Pero antes vamos a ir paso a paso.

¿Qué nuevas leyes afectarán a los sistemas de gestión ERP?

Ley Anti-Fraude 11/2021

Desde el Ministerio de Hacienda (AEAT), tenemos la de Ley Anti-fraude 11/2021 aprobada el 9/07/21 y el proyecto Veri*Factu. Adicionalmente el pasado 05/12/2023 se aprobó el reglamento que desarrolla esta ley y a la espera de una Orden Ministerial que concrete algunos detalles técnicos bajo los que operará este sistema. Esta ley “pretende establecer la forma en que los registros de facturación que sean producidos por sistemas informáticos deben cumplir con los requisitos legales de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad”. El nuevo reglamento obliga a utilizar sistemas informáticos de facturación que certifiquen mediante una declaración responsable que se cumple con la normativa, pendiente de aprobación definitiva.

Pero ¿Qué es VeriFactu?

Es un sistema similar al TicketBAI (sistema desplegado recientemente por las haciendas vascas) impulsado por la Agencia Tributaria que tiene como objetivo luchar contra el fraude fiscal e impulsar la digitalización y automatización de los procesos de fiscalidad empresarial.

  • Generar un registro de facturación normalizado al expedir cada facturar, incorporar una huella del contenido de los registros de facturación emitidos que quedan encadenados y firmarlo digitalmente.
  • Garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
  • Permitir enviar de forma automática cada registro de facturación a la AEAT.
  • Registrar determinados eventos para permitir la trazabilidad de la actividad en el programa de facturación. Este registro de eventos no podrá ser alterado y deberá conservarse hasta que prescriban las obligaciones tributarias.
  • Incorporar un código QR en el documento de factura para permitir la posibilidad de que el receptor lo coteje con información depositada en la AEAT.

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu?

Los obligados a tributar deberán tener operativos los sistemas informáticos adaptados a las características y requerimientos antes del 1 de Julio de 2025. Los productores y comercializadores de los sistemas informáticos deberán ofrecer sus productos adaptados totalmente al reglamento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial que estamos pendientes de conocer. No obstante, en relación con sistemas informáticos incluidos en los contratos de mantenimiento de carácter plurianual contratados antes de este último plazo, deberán estar adaptados al contenido del reglamento con anterioridad al 1 de julio de 2025.

¿A quién afecta VeriFactu?

Según la página oficial de la AEAT, la nueva normativa “se aplicará a todos los empresarios y por todas sus operaciones, con la excepción de aquellos que ya estén sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII) o de los que no tengan obligación de facturación. Es aplicable en toda España salvo en los territorios de régimen fiscal foral.”

Ley “Crea y Crece” 18/2022

Desde el Ministerio de Economía, tenemos la Ley «Crea y Crece” Ley 18/2022 aprobada el 28/09/2022 y Reglamento pendiente de aprobación, dirigida según el Ministerio de Economía a facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar el crecimiento y expansión. Incluye el Proyecto Factura Electrónica B2B. El borrador de la Ley «Crea y Crece» establece la obligación de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en la relación entre empresas ubicadas en España (entorno B2B).

Dado que este proyecto persigue la reducción de la morosidad en los pagos entre empresas, el borrador del reglamento recoge la obligatoriedad de que el receptor de la factura informe sobre el estado de la misma (recibida, aceptada, pagada…). También contempla la posibilidad de que el cliente pueda pedir una copia de la factura al proveedor durante un periodo de 4 años. Las empresas están obligadas a facturar electrónicamente a otras empresas o autónomos por la prestación de sus servicios.

Además, el borrador de reglamento contempla que el receptor de la factura deberá informar al emisor de la factura sobre el estado en un plazo máximo de 4 días naturales. Las condiciones podrían ser diferentes finalmente según si se realizan en plataformas privadas o desde la solución pública.

Plazos de implementación

Contamos con distintos plazos de implementación en función de su volumen de facturación:

  • Empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros, el plazo es de 1 año una vez aprobado el reglamento técnico.
  • Empresas con facturación anual menor a 8 millones de euros el plazo se amplia a 2 años tras la aprobación del reglamento técnico.

¿Qué es una factura electrónica?

En el ámbito de la nueva Ley “Crea y Crece”, una factura electrónica es un fichero normalizado que recoge de forma estructurada los datos de una factura. Para el nuevo modelo deja por tanto de considerarse un documento PDF sea una factura electrónica independientemente de que las empresas sigan optando por enviar a título informativo una copia PDF de la factura a sus clientes.

El borrador contempla por ahora la posibilidad de utilizar cuatro formatos estructurados: CII, UBL, EDIFACT Y FACTURAe. Estos ficheros deberán ir firmados electrónicamente y se debe enviar mediante plataformas de intercambio privadas o bien depositarse en una solución pública de nueva creación. En caso de optar por las plataformas privadas estas tendrán la obligación de comunicar una copia a la plataforma pública.

¡Estamos listos para afrontar los cambios legislativos!

Estamos tomando medidas para asegurarnos de que nuestras operaciones estén alineadas y que podamos seguir brindando un servicio excepcional a nuestros clientes.

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